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Enfermedades de animales de declaración obligatoria

Posted on 26 octubre 2015 by admin

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  • Las enfermedades de animales de control oficial de parte del ICA continúan siendo las misma

Enfermedades de animales de declaración obligatoria.

El Instituto Colombiano Agropecuario (ICA),  estableció, de acuerdo con la especie animal, la lista de las enfermedades, infestaciones e infecciones de animales de declaración obligatoria en Colombia.

Cabe anotar que en Colombia existen otras enfermedades que afectan la producción pecuaria y  que son de control oficial, para las que el ICA realiza actividades de inspección, vigilancia y control, entre las que están Fiebre Aftosa, Tuberculosis, Brucelosis, Rabia Bovina, Newcastle, Peste Porcina Clásica (PPC), entre otras.

La disposición fue adoptada mediante la resolución #3714 de 2015 que  contiene 124 enfermedades cuya presencia debe ser informada a la oficina del ICA más cercana, al epidemiólogo de la jurisdicción o a la Dirección Técnica de Vigilancia Epidemiológica, con el fin de realizar la respectiva verificación.

El gerente general del ICA, Luis Humberto Martínez Lacouture, afirmó que esa entidad es la responsable de velar por la sanidad agropecuaria del país dando cumplimiento a las normas internacionales de referencia, con el fin de prevenir la introducción y propagación de enfermedades que puedan afectar a los animales de importancia económica y social. Agregó que Colombia como miembro de la Organización Mundial de Sanidad Animal, acoge la lista de enfermedades, infestaciones e infecciones de la lista vigente de la OIE.

Dentro del listado se encuentran las enfermedades, infestaciones e infecciones comunes a varias especies, enfermedades e infecciones de los bovinos, enfermedades e infecciones de los équidos, enfermedades e infecciones de los caprinos y ovinos, enfermedades e infecciones de los cerdos domésticos, jabalíes y sus parientes más cercanos (suidos), enfermedades e infecciones de  los conejos y las liebres, enfermedades e infecciones de las aves,  enfermedades, infecciones e infestaciones de las abejas, enfermedades de los moluscos, enfermedades de los peces, enfermedades de los crustáceos, enfermedades de los anfibios.

Las personas jurídicas o naturales que posean animales a cualquier título o los comercialicen, los médicos veterinarios, los laboratorios que tengan conocimiento sobre el diagnóstico positivo de alguna de las enfermedades, infecciones e infestaciones de las especies están en obligación de notificarlo de manera escrita o digital a las oficinas del Instituto Colombiano Agropecuario, con los siguientes datos:

Fecha de notificación, nombre de la persona que notifica, denominación del predio y nombre de su propietario, tenedor o poseedor, localización del predio (departamento, municipio, dirección), especie diagnosticada como positiva, total de animales expuestos, examinados, enfermos y muertos, así como la enfermedad diagnosticada y anexar el resultado de laboratorio.

Entre las enfermedades que deben ser declaradas al ICA están:

  • Carbunco Bacteridiano.
  • Encefalitis japonesa.
  • Fiebre azul.
  • Viruela ovina y viruela caprina.
  • Diarrea viral bovina.
  • Enfermedad hemorrágica epizoótica.
  • Muermo.

Datos de interés: 

Las enfermedades de control  oficial siguen siendo las mismas:

  • Fiebre Aftosa.
  • Brucelosis  bovina (Brucella abortus).
  • Estomatitis vesicular (EV)
  • Rabia silvestre.
  • Tuberculosis bovina (Mycobacterium bovis).
  • Enfermedad de Newcastle.
  • Encefalitis Equina Venezolana (EEV).
  • Salmonelosis aviar (Pulorosis: Salmonella pollorum, Tifosis aviar: Salmonella gallinarum).
  • Peste Porcina Clásica (PPC).

 

Fuente: Adaptado de Instituto Colombiano Agropecuario.

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El registro sanitario de predios pecuarios

Posted on 16 mayo 2014 by admin

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  • El Registro Sanitario de Predios Pecuarios, requisito indispensable para la expedición de las Guías Sanitarias de Movilización Interna.

El Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), realizó un llamado a los ganaderos colombianos para que procedan a registrar sus predios ante esa entidad, teniendo en cuenta que el registro es un requisito indispensable para la solicitud de las Guías Sanitarias de Movilización Interna de Animales. Además le permite a ese Instituto realizar la vigilancia epidemiológica de manera eficaz y eficiente.

De los 495.000 predios pecuarios identificados en el país, solamente 162.000 están registrados ante el ICA, es decir un 32%. Ante la situación, el Gerente General de ese instituto, Luis Humberto Martínez Lacouture, invitó a los productores a registrar o actualizar los datos de sus predios, contribuyendo de esta manera con la sanidad de sus animales y con la permanencia del estatus sanitario colombiano.

Indica Martínez Lacouture que el registro de predios permite disponer de una base de datos amplia, la cual constituye una importante herramienta para definir mecanismos de control que permitan disminuir los riesgos sanitarios generados en la movilización de animales, entre otros aspectos necesarios para la sanidad animal del país.

El registro también le permite a las explotaciones pecuarias tener la posibilidad de determinar programas de saneamiento que conduzcan a los ganaderos a adecuados estándares de calidad en Buenas Prácticas Ganaderas, dándole un valor agregado a sus productos y subproductos.

Para realizar este trámite, que es gratuito, el productor debe acreditar su propiedad, posesión o tenencia del predio, así como, suministrar la información correspondiente a la población animal, que incluye el número, categorías etarias, sexo y especie de los animales de las especies bovino, equino, bufalino, porcino, caprino y ovino existentes en el predio y anexar el registro del hierro quemador.

En el registro también se incluyen datos del propietario y otra información relacionada con el predio, como su localización geográfica y su infraestructura. Una vez inscrito el predio o actualizada la información, el ICA le asigna un número único que será su identificación para cualquier gestión sanitaria posterior.

Los departamentos con un mayor número de predios debidamente registrados son: Amazonas, Quindío, Caquetá y Vichada. Por el contrario, aquellos con bajo índice de registro son: Chocó, Bolívar, Huila y Sucre.

Fuente: Instituto Colombiano Agropecuario.

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Parte de tranquilidad del ICA sobre la enfermedad de las “vacas locas” en Colombia

Posted on 27 mayo 2013 by admin

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Mediante comunicación publicada en la página web del   Instituto Colombiano Agropecuario ( ICA) el día 23 de mayo de 2013, la entidad dio un parte de tranquilidad al asegurar que en la actualidad no se han presentado alertas sobre presuntos casos de  Encefalopatía Espongiforme Bovina en Colombia, enfermedad  más conocida como de las “vacas locas”.

El ICA, ente rector de la sanidad animal en el país y como autoridad sanitaria de Colombia, es el responsable de la ejecución de las políticas y estrategias para la prevención, el controlar y la erradicación las enfermedades animales y la prevención  del ingreso de enfermedades exóticas al territorio nacional, entre las que se encuentra la Encefalopatía Espongiforme Bovina. Para ello, tiene establecido un programa de prevención que se lleva a cabo con todas las recomendaciones y estándares de la Organización Mundial de la Sanidad Animal (OIE).

La Gerente General del ICA, Teresita Beltrán, aseguró que esta enfermedad no se encuentra presente en la ganadería colombiana y que se encuentran adecuadamente manejados los factores de riesgo para su presencia.

El Programa Nacional de Prevención de la Encefalopatía Espongiforme Bovina de Colombia, desde hace cerca de 12 años ha implementado las medidas recomendadas para el cumplimiento de las condiciones que permiten asegurar el estatus sanitario, es decir, la prohibición de la importación de animales y productos de riesgo que provengan de los países que se han visto afectados por la presencia de la enfermedad y la prohibición para  la utilización de proteínas de origen mamífero en la preparación de suplementos alimentarios destinados a la alimentación de rumiantes.

Además, sistemáticamente el ICA realiza vigilancia epidemiológica de manera permanente sobre cualquier cuadro clínico compatible con la enfermedad, complementada con una vigilancia activa, mediante la toma de muestras en centrales de beneficio, especialmente de animales caídos y en deficiente estado corporal. Además, son aplicadas las medidas recomendadas por la OIE, que permiten garantizar una adecuada prevención y la identificación de la sospecha de cualquier enfermedad.

Gracias a tales acciones,  Colombia recibió el reconocimiento y la certificación en mayo del 2012 como “País de Riesgo Insignificante” para Encefalopatía Espongiforme Bovina, lo que la coloca en el listado de los únicos 19 países que en el mundo han alcanzado este estatus.
Fuente: Instituto Colombiano Agropecuario (ICA)

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