Restricción vehicular:
Dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 3.3 de la Resolución 3226 del 25 de mayo de 2012, “TEMPORADAS DE NAVIDAD – AÑO NUEVO Y REYES” 2013 – 2014, el Ministerio de Transporte comunica a las asociaciones del sector transporte, gremios, usuarios de la red vial nacional e interesados, que una vez analizado el comportamiento del volumen de tráfico de vehículos presentado en la red vial nacional el día viernes 6 de diciembre y durante las primeras hora del sábado 7, se modifica la restricción de circulación de vehículos de carga, quedando de la siguiente manera :
FECHAS, HORAS Y CORREDORES VIALES QUE SERÁN OBJETO DE LA RESTRICCIÓN VEHICULAR PARA EL TRÁNSITO DE VEHÍCULOS DE CARGA CON CAPACIDAD SUPERIOR A 3.4 TONELADAS EN CUNDINAMARCA Y OTROS DEPARTAMENTOS. |
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Sábado |
7 De Diciembre |
07:00 A 14:00 HORAS |
Domingo |
8 De Diciembre |
12:00 A 23:00 HORAS |
Viernes |
20 De Diciembre |
16:00 A 21:00 HORAS |
Sábado |
21 De Diciembre |
06:00 A 18:00 HORAS |
Martes |
24 De Diciembre |
12:00 A 21:00 HORAS |
Miércoles |
25 De Diciembre |
11:00 A 23:00 HORAS |
Viernes |
27 De Diciembre |
16:00 A 21:00 HORAS |
Sábado |
28 De Diciembre |
07:00 A 18:00 HORAS |
Martes |
31 De Diciembre |
12:00 A 21:00 HORAS |
Miércoles |
1 De Enero |
11:00 A 23:00 HORAS |
Viernes |
3 De Enero |
16:00 A 21:00 HORAS |
Sábado |
4 De Enero |
06:00 A 22:00 HORAS |
Domingo |
5 De Enero |
12:00 A 23:00 HORAS |
Lunes |
6 De Enero |
09:00 A 23:00 HORAS |
Vías a restringir: 1. BOGOTÁ – LA VEGA – VILLETA – HONDA. 2. BOGOTÁ – FUSAGASUGÁ – MELGAR – IBAGUÉ. 3. BOGOTÁ – TUNJA. 4. BOGOTÁ – CHÍA – CAJICÁ – UBATÉ – CHIQUINQUIRÁ – BARBOSA – SAN GIL – BUCARAMANGA. 5. BOGOTÁ – LA MESA – GIRARDOT. 6. BOGOTÁ – VILLAVICENCIO – ACACÍAS. 7. MEDELLÌN – SANTA FE DE ANTIOQUIA. 8. BOGOTÁ – CHOACHI. 9. BARRANQUILLA – CARTAGENA (VÍA AL MAR) 10. IBAGUÉ – ARMENIA – CALI. 11. NEIVA – ESPINAL – GIRARDOT. 12. PASTO – CHACHAGÜI. 13. BOGOTÁ-MOSQUERA-FACATATIVÁ- SASAIMA- VILLETA 14. BOGOTÁ-LA CALERA-GUASCA-GUATAVITA 15. SIBATE- ALTO DE SAN MIGUEL-FUSAGASUGÁ 16. CHÍA- COTA-MOSQUERA-LA MESA-GIRARDOT 17. ARMENIA-MONTENEGRO-QUIMBAYA 18. BUCARAMANGA- SAN ALBERTO 19. BUCARAMANGA –LA LIZAMA 20. VILLAVICENCIO –PUERTO LÓPEZ 21. HONDA-DORADAL-MEDELLÍN 22. SANTA MARTA-BARRANQUILLA 23. MONTERÍA -TOLÚ- COVEÑAS 24. BUCARAMANGA-PAMPLONA-CÚCUTA 25. TUNJA –CHIQUINQUIRÁ 26. TUNJA-DUITAMA-SOGAMOSO 27. TUNJA-BARBOSA 28. MEDELLÍN-PRIMAVERA-LA PINTADA 29. MEDELLÍN-HATILLO-YARUMAL 30. HATILLO-BARBOSA 31. MANIZALES-MARIQUITA-ARMERO 32. MANIZALES-LA MANUELA-LA FELISA-LA PINTADA 33. MANIZALES-CHINCHINA-SANTAROSA-PEREIRA 34. PEREIRA-ARMENIA-RIOSUCIO 35. PEREIRA-CARTAGO-LA PAILA 36. CALI-YUMBO-YOTOCO 37. NEIVA-GARZÓN 38. IBAGUÉ-HONDA 39. PUERTO ARAUJO-PUERTO BOYACÁ 40. BOSCONIA-ZAMBRANO-CARMEN DE BOLÍVAR-CRUZ DEL VISO-TURBACO-CARTAGENA 41. SANTA MARTA-FUNDACIÓN-SAN ROQUE-AGUACHICA 42. BARRANQUILLA-CALAMAR-CARRETO 43. MONTERÍA-CERETE-LORICA-COVEÑAS-TOLÚ-TOLUVIEJO-CRUZ DEL VISO (BOLÍVAR) 44. VILLAVICENCIO-CUMARAL |
NOTA ESPECIAL: De requerisre la activación del reversible u otra medida de manejo del tráfico, en un horario diferente al establecido, por necesidades de descongestión en las vías mencionadas, la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional informará en las vías a los usuarios y hará uso de cualquiera de estas medidas.
En los demás anillos viales que se realizan en el Departamento de Cundinamarca se iniciará su implementación de la siguiente manera:
Vía LA VEGA – BOGOTÁ: Desde12:00 horas.
Vía LA MESA (sector de la Gran vía) – BOGOTÁ: Desde 12:00 horas.
NOTA 1: Las restricciones de los días viernes 6, 20 y 27 diciembre de 2013 y 3 de enero de 2014, se aplicará únicamente a los vehículos de carga que salen de la ciudad de Bogotá.
NOTA 2: El Instituto Nacional de Vías (INVIAS) y la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) coordinarán con el comandante del área de la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional, las medidas que se deben adoptar para garantizar movilidad en los planes de manejo de tráfico de las obras públicas.
NOTA 3: Los vehículos que transportan cargas extra-dimensionadas o extra-pesadas, se someterán a las mismas restricciones establecidas para los vehículos de carga descritos en la presente comunicación.
NOTA 4. Los domingos 22 y 29 de diciembre de 20013, no se aplican las restricciones contemplada en la resolución 3226 de 2012 para los días domingos.
NOTA 5: En situaciones de caso fortuito o fuerza mayor sobre la red vial nacional, la Policía Nacional a través de la Dirección de Tránsito y Transporte, autorizará la movilización de carga y maquinaria para atender las eventos presentados.
NOTA 6: Las excepciones para el movimiento de carga, durante la vigencia de la presente comunicación estarán sujetas a lo establecido en el artículo 6 de la resolución 3226.
Fuente: Ministerio de Transporte.
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