Sacrificio de ganado
Para cumplir los requisitos sanitarios y de inocuidad, los ganaderos colombianos deben implementar en sus sistemas de producción las medidas establecidas en el decreto #1500 de 2007, y solicitar ante el ICA la autorización para enviar a las plantas de beneficio los animales destinados para el consumo humano.
El decreto #1500 de 2007, que crea el sistema oficial de inspección, control y vigilancia de la carne, productos cárnicos comestibles y derivados destinados para el consumo humano, entra a regir el próximo 08 de agosto del 2016.
El ICA, como autoridad sanitaria, tiene la competencia de velar por el cabal cumplimiento de los estándares de producción primaria establecidos en el decreto #1500, mediante una inspección de los predios. La autorización que otorga la entidad se genera por el cumplimiento de los requisitos establecidos y le permitirá al productor remitir sus animales al sacrificio para consumo humano.
El gerente seccional del ICA en el Meta Henry William Hernández, aseguró que en esa seccional ven con preocupación que los productores no han solicitado aún la autorización para la verificación del cumplimiento de las condiciones establecidas en el decreto #1500, que determina los requisitos que se deben cumplir en todas las etapas de la cadena alimentaria para garantizar la calidad de los productos.
Hasta el 9 de junio el ICA pone en consulta pública, el proyecto de resolución que determina los requisitos para la autorización sanitaria y de inocuidad en predios pecuarios productores de animales para el sacrificio destinados al consumo humano y los plazos para su cumplimiento.
El funcionario manifestó que si los productores no cumplen en los plazos establecidos en la resolución, con las condiciones del decreto #1500, las plantas de beneficio no podrán recibir los animales para el sacrificio. Es decir, se presentaría un desabastecimiento de carne, productos cárnicos comestibles y sus derivados en esa región.
Los temas que contempla el decreto son la inscripción y el registro sanitario de predios, el bienestar animal, las instalaciones y áreas de producción primaria, plan de saneamiento, sanidad animal y bioseguridad.
Adicionalmente, busca el decreto condiciones y procedimientos que garanticen productos libres de agentes químicos, físicos y biológicos que puedan significar riesgos para los consumidores. Así mismo, los requisitos que exige la norma están enmarcados en volver más eficientes los sistemas de producción a través de una adecuada organización en el predio.
La funcionaria responsable del proyecto de inocuidad del ICA en el Meta, Gloria Derly Tovar, dijo que al tener una adecuada organización en la finca, se optimizan los recursos y se obtiene el mayor provecho de ellos. Además, se evitan los desperdicios, que afectan el bolsillo de los productores y hacen que no sea rentable la producción. Agregó que al obtener productos inocuos se facilita el ingreso a otros mercados, se tiene mayor competitividad y se contribuye a la seguridad alimentaria nacional.
El ICA hace un llamado a los productores colombianos para que conozcan la normatividad y participen en la consulta pública del proyecto de resolución mencionados anteriormente. Los productores pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas del ICA donde les brindarán mayor información.
Fuente: Adaptado de Instituto Colombiano Agropecuario.
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