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Reglamentación para producción y comercialización de semillas. Ampliado el plazo para la consulta pública

Posted on 05 noviembre 2013 by admin

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El Instituto Colombiano Agropecuario – ICA-, amplió por 30 días el término para la consulta pública del proyecto de resolución mediante la cual se reglamentará la producción y comercialización de semillas para la siembra en  Colombia, el cual tenía como vencimiento el martes 5 de noviembre.

La consulta pública es un mecanismo de participación ciudadana de cumplimiento obligatorio para las entidades del estado colombiano y en su cumplimiento, el ICA puso a consideración de los interesados, el proyecto de resolución de semillas.

De esta manera, los usuarios y el público en general, tienen la posibilidad  de participar en la construcción de esta nueva norma hasta el día 5 de diciembre de 2013, a través de la página web del ICA, mediante el banner de consultas públicas.

Luis Humberto Martínez Lacouture, gerente General del ICA, manifestó que en el nuevo proyecto de resolución, se excluyen aquellas semillas nativas, criollas o locales, y que se  aplicará, exclusivamente como siempre, a las semillas que se obtienen por medio de  sistemas de mejoramiento genético. Destacó además que se realizarán reuniones con productores, académicos y ciudadanos interesados en el tema para dar a conocer el nuevo proyecto en 10 departamentos del país para recoger las inquietudes con respecto a la propuesta que la entidad tienen para la nueva reglamentación sobre producción y comercialización de semillas en el país.

Lars reuniones se llevarán a cabo en los departamentos de Antioquia, Atlántico, Boyacá, Casanare, Cundinamarca, Huila, Meta, Santander y Tolima, entre otras zonas del país.

 Entre los aspectos a resaltar del proyecto de resolución están:

  1. Aclara de expresamente  que el objeto de la norma está dirigido solamente a la producción y comercialización de semillas para la siembra de materiales mejorados, retirando la regulación sobre el uso y la transferencia a título gratuito.
  2. Sus disposiciones se aplican solamente a productores, comercializadores, investigadores en fitomejoramiento, unidades de evaluación agronómica de cultivos mejorados, importadores y exportadores de semillas.
  3. Excluye las semillas nativas,  criollas o locales.
  4. Establece la reserva de la cosecha o el  “privilegio del agricultor”,  solo respecto de aquellas variedades protegidas con el derecho de obtentor  en el territorio nacional.

Precisa también el proyecto de norma  que son dos  los sistemas de producción y comercialización de semillas para materiales mejorados en Colombia: el  de semillas certificadas, el cual dispone de control de generaciones y el de semillas seleccionadas, que aunque no dispone de ese control generacional, sí requiere la identificación de cada semilla para su  registro en el ICA y que  ambos son objeto de control en la comercialización por parte del Instituto.

El ICA invita a los interesados en la norma a presentar sus comentarios y observaciones hasta el día 5 de diciembre, plazo después del cual la entidad dará respuesta a las distintas observaciones y procederá con la expedición de la nueva resolución.

Fuente: Instituto Colombiano Agropecuario.

Nota patrocinada por:

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