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Muermo

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Muermo. Enfermedad infecciosa de los equinos

Posted on 28 mayo 2019 by admin

Muermo

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El Muermo es una enfermedad zoonótica que se presenta en los equinos y es similar a las paperas en los seres humanos. Foto: PressReader

  • El Muermo es una enfermedad infecciosa que puede llegar a ser mortal en los equinos si no se la trata a tiempo. Conozca las causas que la originan, su sintomatología y el tratamiento para evitar que ocasione al deceso del animal.

El Muermo es una enfermedad producida por la bacteria Burkholderia mallei, que afecta especialmente a los equinos. Es una patología zoonótica, que puede transmitirse a los seres humanos mediante contacto con el animal infectado. Según expertos, puede generar un 95% de mortalidad en pocas semanas.

El médico veterinario, Gerardo José Andrade Lozada, indica que es una enfermedad que alcanza los nódulos linfáticos superiores originando infección y posteriormente fiebre. En casos clínicos se ha visto la aparición de llagas.

Su sintomatología se asemeja a las paperas en el hombre, pues se encuentran los nódulos de la mandíbula inflamados y en algunas ocasiones se presenta daño interno pues la afectación bacteriana es muy grande, ocasionando que haya secreción de líquido purulento por la afección de la bacteria.

El Muermo se transmite a través de los aerosoles, el polvo, el aire o el manejador del equino. Aunque no es muy común su aparición, se tienen antecedentes en Sur América, Oriente Medio y África. Por esta razón, en el continente debe estarse pendientes de la propagación, pues por estar presente en algunas partes, puede propagarse fácilmente.

Andrade Lozada señala que en Colombia no se tienen antecedentes recientes, pero sí se ha presentado. Es una enfermedad que usualmente no se reporta, pues no es de obligatorio reporte, por lo que no se cuenta con muchos informes. Su ocurrencia también se puede dar por los malos cuidados de otras patologías como la influenza equina.

Es importante tener en consideración que si no se realiza un adecuado tratamiento, la mortalidad es del 95%, pero siendo una bacteria tiene tratamiento mediante antibióticos y un diagnostico mediante instrumentos de última generación puede hacer que la enfermedad desparezca del animal.

De esta forma, si se trata este padecimiento a tiempo, se evita a que se presente otro tipo de infecciones más graves que conlleven a una patología o enfermedad que ocasione la inmunosupresión.

Para que los síntomas no se presenten en humanos ni en otros animales, el productor debe acatar ciertas recomendaciones como el aislamiento del equino, de forma tal que se evite el contacto y el contagio.

Concluyó Andrade Lozada explicando que lo principal que debe realizar el trabajador del campo para que no se produzca el contagio directo,  es el aislamiento. Además es importante realizar los tratamientos adecuados cuando se vean los síntomas en el equino. Inmediatamente ello suceda, debe consultarse con las personas capacitadas quienes realizarán los exámenes correspondientes para diagnosticas la enfermedad, efectuar el tratamiento y prevenir que no se vayan a contagiar ni a morir otros animales.

 

Fuente: Adaptado de CONtexto Ganadero.

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Enfermedades de animales de declaración obligatoria

Posted on 26 octubre 2015 by admin

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  • Las enfermedades de animales de control oficial de parte del ICA continúan siendo las misma

Enfermedades de animales de declaración obligatoria.

El Instituto Colombiano Agropecuario (ICA),  estableció, de acuerdo con la especie animal, la lista de las enfermedades, infestaciones e infecciones de animales de declaración obligatoria en Colombia.

Cabe anotar que en Colombia existen otras enfermedades que afectan la producción pecuaria y  que son de control oficial, para las que el ICA realiza actividades de inspección, vigilancia y control, entre las que están Fiebre Aftosa, Tuberculosis, Brucelosis, Rabia Bovina, Newcastle, Peste Porcina Clásica (PPC), entre otras.

La disposición fue adoptada mediante la resolución #3714 de 2015 que  contiene 124 enfermedades cuya presencia debe ser informada a la oficina del ICA más cercana, al epidemiólogo de la jurisdicción o a la Dirección Técnica de Vigilancia Epidemiológica, con el fin de realizar la respectiva verificación.

El gerente general del ICA, Luis Humberto Martínez Lacouture, afirmó que esa entidad es la responsable de velar por la sanidad agropecuaria del país dando cumplimiento a las normas internacionales de referencia, con el fin de prevenir la introducción y propagación de enfermedades que puedan afectar a los animales de importancia económica y social. Agregó que Colombia como miembro de la Organización Mundial de Sanidad Animal, acoge la lista de enfermedades, infestaciones e infecciones de la lista vigente de la OIE.

Dentro del listado se encuentran las enfermedades, infestaciones e infecciones comunes a varias especies, enfermedades e infecciones de los bovinos, enfermedades e infecciones de los équidos, enfermedades e infecciones de los caprinos y ovinos, enfermedades e infecciones de los cerdos domésticos, jabalíes y sus parientes más cercanos (suidos), enfermedades e infecciones de  los conejos y las liebres, enfermedades e infecciones de las aves,  enfermedades, infecciones e infestaciones de las abejas, enfermedades de los moluscos, enfermedades de los peces, enfermedades de los crustáceos, enfermedades de los anfibios.

Las personas jurídicas o naturales que posean animales a cualquier título o los comercialicen, los médicos veterinarios, los laboratorios que tengan conocimiento sobre el diagnóstico positivo de alguna de las enfermedades, infecciones e infestaciones de las especies están en obligación de notificarlo de manera escrita o digital a las oficinas del Instituto Colombiano Agropecuario, con los siguientes datos:

Fecha de notificación, nombre de la persona que notifica, denominación del predio y nombre de su propietario, tenedor o poseedor, localización del predio (departamento, municipio, dirección), especie diagnosticada como positiva, total de animales expuestos, examinados, enfermos y muertos, así como la enfermedad diagnosticada y anexar el resultado de laboratorio.

Entre las enfermedades que deben ser declaradas al ICA están:

  • Carbunco Bacteridiano.
  • Encefalitis japonesa.
  • Fiebre azul.
  • Viruela ovina y viruela caprina.
  • Diarrea viral bovina.
  • Enfermedad hemorrágica epizoótica.
  • Muermo.

Datos de interés: 

Las enfermedades de control  oficial siguen siendo las mismas:

  • Fiebre Aftosa.
  • Brucelosis  bovina (Brucella abortus).
  • Estomatitis vesicular (EV)
  • Rabia silvestre.
  • Tuberculosis bovina (Mycobacterium bovis).
  • Enfermedad de Newcastle.
  • Encefalitis Equina Venezolana (EEV).
  • Salmonelosis aviar (Pulorosis: Salmonella pollorum, Tifosis aviar: Salmonella gallinarum).
  • Peste Porcina Clásica (PPC).

 

Fuente: Adaptado de Instituto Colombiano Agropecuario.

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