Transporte de bovinos
- El Instituto Colombiano Agropecuario ha establecido las condiciones para el traslado de bovinos y bufalinos, indicando algunas disposiciones para su movilización en vehículos. No obstante, hay varias categorías de animales que no se pueden transportar, por ello CONtexto ganadero le cuenta cuáles son.
En la resolución #2341 del 23 de agosto del 2007, la entidad sanitaria reglamentó las condiciones sanitarias y de inocuidad en la producción primaria de bovinos y bufalinos destinadas al sacrificio.
En el artículo 20, se señala que debe planearse el viaje con la debida anticipación y atender algunas recomendaciones, como no transportar animales de especies diferentes y trasladarlos en las horas más frescas.
Además, indica que se deben vigilar los animales constantemente, realizando paradas periódicas para verificar sus condiciones, así como respetar la densidad de carga.
Por ejemplo, en un área de 10 metros cuadrados pueden llevarse 43 terneros de 50 Kilogramos, pero solamente 8 adultos de 500 kilogramos.
Entre los requisitos, el más importante que define el ICA, es la restricción de trasladar los animales, tanto bovinos como bufalinos, que se encuentren enfermos o débiles, al igual que hembras en avanzado estado de gestación.
No obstante, existen bovinos con otras condiciones, los cuales no deberían movilizarse en un vehículo, como lo explica el texto “Transporte de hacienda: Taller de capacitación en ganadería de cría” del ingeniero agrónomo Guillermo Covas de Argentina y el médico veterinario Luis Carlos Rhades.
Además de las hembras en la última etapa de gestación (tercer tercio o 90 días antes de parir), tampoco se deben movilizar las hembras con menos de 4 días luego del nacimiento de sus crías, ni mezclar machos con hembras en celo.
Indica la medida que no pueden transportarse terneros recién nacidos cuyo ombligo está aún sin cicatrizar ni tampoco vacunos que hayan tenido cirugías recientes, con menos de 7 días de recuperación.
Así mismo, no pueden movilizarse animales caquécticos (o débiles), los que presentan trastornos locomotivos graves, con problemas respiratorios severos, con síndrome febril o con neoplasia ocular (cáncer de ojos) que haya invadido el tejido facial.
Finalmente, como lo señala el ICA, no deben juntarse en un mismo vehículo, animales de diferentes categorías ni que tengan pesos significativamente distintos (por ejemplo, machos cebados con terneros de levante).
Fuente: Adaptado de CONtexto ganadero. Transporte de bovinos
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