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Abigeato

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Abigeato. Nuevo delito en el código penal

Posted on 29 noviembre 2017 by admin

Abigeato

Abigeato.

Foto: contextoganadero.com

  • El abigeato o robo de ganado podrá será castigado con prisión de 100 a 120 meses y con multas de 25 a 50 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

El proyecto de ley que crea los delitos de abigeato y abigeato agravado, fue aprobado en la Comisión primera de la Cámara de Representantes.

Con esta aprobación solo le queda surtir otro paso en materia jurídica y es la discusión en sesión plenaria de la Cámara, lo cual indica que está a un paso de convertirse en Ley de la República.

Según el proyecto de ley, el delito de abigeato, que se refiere a la apropiación para sí o para otro, de especies bovinas, porcinas y equinas, incurrirá en prisión de 100 a 120 meses e igualmente en multa de 25 a 50 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

Este delito contempla también que quien para cometer tal delito utilice un vehículo automotor o involucre bienes muebles o inmuebles, tales bienes serán sometidos a extinción de dominio (Ley 1708 de 2014).

Asimismo, se crea el nuevo delito de Abigeato agravado que implica que las penas privativas de la libertad establecidas se aumentan entre una tercera parte y la mitad cuando:

  1. Se inserte, suprima, altere o falsifiquen hierros, señales, marcas u otros dispositivos o instrumentos utilizados para la identificación de las especies bovinas -mayor o menor-, porcinas y equinas.
  2. Se ejecute con violencia moral o física sobre las personas.
  3. En el hecho participe un funcionario público quien, violando sus deberes o abusando de sus funciones, facilite directa o indirectamente su comisión.
  4. Se aproveche de un infortunio, calamidad o peligro común.
  5. Las especies bovinas -mayor o menor- porcinas y equinas, sean transportadas en vehículo automotor.
  6. Se presente el sacrificio de las mencionadas especies.

La Cámara de Representantes indicó que la pena será de multa cuando sean restituidas las especies en un término menor de 24 horas sin daño sobre las mismas.

Según el director jurídico de Fedegán Roberto Bruce, en la actualidad, en la justicia colombiana el abigeato es una conducta penal que hace parte del hurto y el hurto agravado.

Con la creación de los delitos de abigeato y abigeato agravado, será ahora una conducta penal, lo que significa, que los abigeos serán castigados y puestos en cintura.

 

Fuente: Adaptado de CONtexto Ganadero.

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