Mediante comunicado del 14 de marzo de 2013, el Instituto Colombiano Agropecuario -ICA-, informó sobre la expedición de la Resolución # 1332 del 12 de marzo de 2013, “por medio de la cual se actualizan las medidas sanitarias para la prevención, el control y la erradicación de la brucelosis en las especies bovina y bufalina en Colombia”, expedida en respuesta a reiteradas solicitudes hechas por los ganaderos del país.
Las modificaciones adoptadas facilitarán a los productores pecuarios, dar cumplimiento a los requisitos exigidos en la materia y avanzar en el control y erradicación de la brucelosis bovina, mediante la certificación de hatos libres.
Según lo expresado por Teresita Beltrán Ospina, Gerente General del ICA, , “aunque la norma mantiene intactos aspectos como la vacunación de los animales, la identificación y el diagnóstico, presenta cambios, principalmente, en la vigencia de certificación de predios libres y en los requisitos exigidos para la movilización del ganado”.
Las modificaciones más importantes han sido:
1. La vigencia establecida para la recertificación de un hato como libre de brucelosis, pasa de uno a dos años, permitiéndole al ganadero la disminución de los costos por concepto de análisis de muestras de laboratorio.
2. Movilización de animales:
Cuando el ganado procede de un predio libre de brucelosis, no se requieren pruebas diagnósticas negativas, para su traslado a cualquier sitio del país.
Cuando se trate de de bovinos o bufalinos con destino a predios certificados o en proceso de certificación como libres de brucelosis bovina, los animales deben tener procedencia en un predio o país certificado como libre de la enfermedad o presentar resultados de diagnóstico negativos a la prueba de ELISA Competitiva.
Bovinos o bufalinos con destino a exposiciones, ferias o remates de ganados puros, deben tener procedencia de un predio o país certificado como libre de brucelosis.
Para los toros de lidia a muerte, no se requiere la prueba diagnóstica, no obstante, si se llegan a presentar indultos, para su utilización como sementales, deben ser muestreados en la ganadería de destino y presentar resultados negativos en las pruebas diagnósticas, de lo contrario tendrán que ser sacrificados.
3. A partir del 4 de junio próximo, para la participación de ganados puros en ferias, exposiciones o remates, estos deberán tener procedencia en predios certificados por el ICA como libres de brucelosis bovina.
La Gerente General de ICA, reiteró que las pruebas de laboratorio de brucelosis para los procesos de saneamiento, certificación o recertificación de hatos libres de la enfermedad, movilizaciones de animales a ferias, exposiciones y remates de ganados puros, sólo se podrán realizar por funcionarios del ICA o por médicos veterinarios de los organismos de Inspección debidamente autorizados.
Fuente: ICA