Foto: CONtexto Ganadero
Como todos los rumiantes, los bovinos son animales forrajeros por naturaleza, es decir, los forrajes o pasturas son los alimentos con los que cubren todas sus necesidades: crecimiento, mantenimiento, desarrollo corporal y preñez.
Todos los alimentos, sales mineralizadas y suplementos alimenticios utilizados en la alimentación de los animales deben contar con el registro del ICA. Esta exigencia también es requerida para los fertilizantes, plaguicidas, y demás insumos utilizados en la producción de forrajes y en los cultivos destinados a la alimentación de los animales.
Recomendaciones:
- No utilizar suplementos alimenticios, ni alimentos que contengan sangre, harinas de carne y hueso o despojos de mamíferos. en la alimentación de los animales
- No suplementar la alimentación con subproductos de cosechas que puedan estar contaminados de plaguicidas. Cuando se utilicen como parte de la dieta productos o subproductos de cosechas o industriales, debe conocerse y registrarse su origen y uso.
- En caso de utilizar plaguicidas en los pastos, los forrajes o los cultivos destinados a la alimentación animal debe respetarse el correspondiente periodo de carencia indicado en el rotulado del producto.
- El uso de materiales trasgénicos en la alimentación o salud animal, debe contar con la autorización del ICA.
- El suministro de agua debe ser permanente, sin restricciones y en adecuadas condiciones higiénicas.
- El agua debe ser de tal calidad, que no afecte la inocuidad de los productos obtenidos con los animales.
- Los lugares de almacenamiento y obtención de agua deben estar protegidos de la contaminación.
- Debe realizarse cada año un análisis bromatológico y de la calidad del agua.
- Los alimentos deben almacenarse en bodegas dedicadas exclusivamente para ese fin, las cuales deben permanecer cerradas, para impedir el ingreso de animales y plagas.
- Controlar las condiciones de humedad y temperatura para el almacenamiento de los alimentos, para evitar su deterioro o contaminación por hongos.
- Los productos dispuestos en bultos deben colocarse sobre estibas y separados de las paredes.
Fuente: Adaptado de soyganadero.com
Con el patrocinio de: